La realización de rotaciones externas/rotaciones optativas, definidas por el Real Decreto 183/2008 como los períodos formativos llevados a cabo por los médicos residentes en centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente y que se realicen en centros acreditados para la docencia o centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio, deberá ser autorizada por el Director del Servicio Canario de la Salud de acuerdo con el procedimiento establecido en la Instrucción 18 / 2008 y previo cumplimiento de los requisitos:
1. Ser propuesta por el Tutor Principal a la Comisión de Docencia especificando los objetivos.
2. Justificar la idoneidad del Centro de Destino.
3. El Centro de Destino debe esta acreditado para la docencia.
5. Los itinerarios formativos para MIR MFyC incluyen dos meses para rotaciones externas y un mes para EIR.
7. Aceptación del Director del Servicio Canario de la Salud.
8. Tramitación de la Solicitud de Desplazamiento. La Gerencia de Atención Primaria gestionará los pasajes/billetes trasporte. El MIR deberá entregar al regreso tarjetas de embarque originales.